¿Cómo calcular el monto a facturar?
Chequear por cada afiliada/o presentado la cantidad de módulos autorizados de acuerdo al mes que corresponda y la cantidad de prestaciones brindadas. Tener en cuenta los valores consignados más abajo.
Montos de VALORES de la Prestación >>
Resolución 3842/2024 >>
Resolución 2666/2024 >>
Para facturar cualquier DIFERENCIA/AJUSTE con respecto a una facturación abonada previamente, realizar la presentación de la siguiente manera:
- Carátula del trámite tal cual fue descrita anteriormente, especificando que es la DIFERENCIA/AJUSTE con el MES PRESTACIONAL original
- Factura y en el detalle aclarar:
- Que es DIFERENCIA y especificar el período correspondiente al cual van a facturar la diferencia.
- Colocar el número de resolución vigente por la cual se permite facturar la DIFERENCIA.
- Mencionar el número de facturas a la que se hace referencia.
- Las copias de las facturas oportunamente presentadas y abonadas de la cuales se está haciendo referencia.
- Constancia inscripción de AFIP vigente.
- Comprobante de CAE.
- Planilla de resumen mensual (firmada y sellada por el prestador), del periodo que se quiere facturar la diferencia.
- Acta / autorización vigente presentada de cada mes de la cual se está haciendo de referencia.
Dudas frecuentes
- Pueden presentar la factura del mes prestacional con valores de la nueva Resolución a partir del momento de comunicación de la misma.
- EJEMPLO: si durante JUNIO se comunican los nuevos valores, el mes prestacional JUNIO podrá ser presentado en JULIO a nuevo valor.
- Los únicos meses autorizados a ser presentados para el cobro del AJUSTE son los que menciona la Resolución como vigentes para la misma; siempre y cuando se hayan brindado prestaciones en dichos meses.
- EJEMPLO: si la Resolución comunicada en JUNIO muestra que hubo cambios de valores a partir de MARZO, se pueden presentar los ajustes mencionados para dichos mes prestacionales por separado: MARZO, ABRIL Y MAYO.
- Las facturas para dichos meses deberán haber sido presentadas en las Delegaciones.
- Si aún no presentaron la factura podrán hacerlo a nuevo valor directamente.
- El cobro de la DIFERENCIA/AJUSTE es sobre el monto liquidado previamente; es decir, si hubo débitos aplicados sobre las facturas presentadas; el ajuste es calculado sobre el monto facturado menos los débitos aplicados.
Información para la carga de trámites de Rehabilitación on line
- La persona afiliada concurre al Centro de Rehabilitación con la solicitud de la prestación (junto a la documentación respaldatoria) o es evaluada en dicho Centro para establecer la necesidad de la práctica.
- El centro verifica la documentación, carga la planilla y remite vía web a IOMA Central para la auditoría.
Recordar cargar:- CUD si lo tuviera.
- Solicitud de alta o prórroga con registro de la fecha de inicio.
- Toda la información con respecto a diagnóstico, fecha de inicio de la patología, antecedentes, estudios complementarios.
- Se realiza la auditoría del trámite.
. Si el auditor requiere de mayor información, será visible en el sistema para incorporar como TRÁMITE PENDIENTE DE RESPUESTA DEL PRESTADOR hasta el momento en que se envíe la información solicitada. - Luego de finalizada la auditoría, se confecciona la autorización/acta para la posterior facturación.
Importante:
- Cualquier solicitud debe contar expresamente con objetivos y plazos de cumplimiento.
- La carga de los trámites debe ser al momento de la solicitud por parte de la/el afiliada/o, generalmente previo ingreso de la/l misma/o al Establecimiento.
- Es posible agregar submódulos al momento o luego de la carga de los módulos de internación, siempre con la debida documentación respaldatoria.
- La renovación de los módulos de internación mensual requerirá de la evaluación de independencia funcional (por ejemplo mediante el índice de Barthel o la escala de FIM). Es importante realizarlas previo al mes de comienzo del tratamiento propuesto.
- No se pueden superponer los módulos ambulatorios con los módulos de internación.
- Las cargas horarias de cada módulo ambulatorio deberán cumplimentarse indefectiblemente, o el mismo podrá considerarse como autorizable bajo la modalidad que más se le aproxime.
A partir de la resolución 3428/2022, se creó el Módulo de Insumos por Aislamiento para las personas afiliadas portadoras de bacterias multi-resistentes (Clostridium Difficile, Enterobacter Vancomicina Resistente y Klebsiella Productora de Carbapenemasa).
Carga de trámites de Rehabilitación on line >>
A partir de 2022 y desde la Plataforma en donde realizar la carga de solicitud de la prestación, podrán descargar el Acta DIGITAL con el resultado de la auditoría médica, quedando en desuso el procedimiento de retirar el Acta por Delegación o por IOMA CENTRAL.
En la primera pantalla que aparece por defecto, se encuentra el botón que dice “IMPRESIÓN ACTAS”. Al hacer clic en el mismo, está disponible el listado de trámites para poder descargar uno a uno.
Información para facturación de las prestaciones
Todo prestador debe presentar la documentación en la Delegación correspondiente a la localidad.
Recordar que es un trámite por cada tipo afiliatorio:
- Un trámite para el total de afiliados obligatorios en una factura con misma prestación.
- Un trámite para el total de afiliados voluntarios en una factura con misma prestación (recordar que son los afiliados que finalizan en /92 o /95).
- Un trámite para el total de afiliados colectivos en una factura con misma prestación.
Documentación a presentar (en este orden):
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- Carátula del trámite con nombre del Centro, CUIT, teléfono/mail de contacto, mes de facturación, ente, tipo de afiliados (Afiliados Obligatorios, Voluntarios o Colectivos), cantidad de facturas, sus respectivos números y montos, número de facturas, total facturado.
- Factura original:
a) Debe estar dirigida a IOMA con número de CUIT 30-62824952-7
b) IVA Sujeto Exento
c) No tener el CAE vencido
d) Se debe presentar una única prestación mensual por mes calendario (periodo desde… hasta…)
e) La fecha debe ser a mes vencido (por ejemplo, si se factura el mes de abril 2021, la fecha de factura deberá ser mayo 2021)
f) El monto total no puede estar ni corregido ni enmendado ni tachado.
g) En el detalle debe constar cantidad de afiliados, prestación, mes que se factura y Resolución por la cual se hace el cálculo del monto facturado. - Planilla de Resumen mensual en original firmada y sellada por la/el prestador: contendrá el listado de todas las personas afiliadas involucradas, con cada número de afiliada/o, nombre y apellido, prestación, valor.
- Acta de Autorización vigente de cada uno de las/los afiliadas/os presentados a facturar.
a) En todas las facturaciones deben estar todas las prórrogas, actas o autorizaciones vigentes de cada concurrente.
b) Las actas deben estar actualizadas (vigencia de la facturación correspondiente), presentado el original en el primer mes de facturación, o copia a partir del segundo mes facturado o subsiguiente.
c) Las Actas Digitales que se descargan serán consideradas como válidas para el momento de presentar la facturación, considerándose como fecha límite para presentar Actas del formato previo, las auditadas hasta el 14/01/2022. - Historia clínica completa donde se puedan constatar las prestaciones brindadas. Complementar con la Planilla de Asistencia que corresponda tal cual lo reglamenta la Resolución 196/2022 debidamente completa, tanto para Internación como para Ambulatorio (En caso de tratarse de HOSPITAL DE DÍA o MÓDULOS PEDIÁTRICOS adjuntar la siguiente PLANILLA).
- Día y horario de la sesión durante el mes prestacional a facturar. Tener en cuenta que durante las Jornadas de Hospital de Día jornada Simple o Completa, se deben constatar las prestaciones brindadas con la Planilla para Ambulatorio, consignando horario de entrada y salida del Establecimiento.
- Firma de la/el profesional.
- Firma de la/el afiliada/o o madre/padre/tutor.
- Certificaciones afiliatorias actualizadas. Pueden consultarlas acá
- Constancia de opción de AFIP / inscripción vigente.