Carencia y 1° alta:
Existen tres meses en donde se abona la mitad de la cuota y no se puede hacer uso de la obra social. El alta se obtiene al 1° día del cuarto mes, abonando el mismo la cuota completa. Obteniendo así el alta prestacional condicionada a segundas altas prestacionales.
2° alta prestacional:
Corresponde según prestación requerida
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