Información para facturación de las prestaciones
Todo prestador debe presentar la documentación en la Delegación correspondiente a la localidad del prestador.
Recordar que es un trámite por cada tipo afiliatorio:
- Un trámite para el total de afiliadas/os obligatorios en una factura con misma prestación.
- Un trámite para el total de afiliadas/os voluntarios en una factura con misma prestación (recordar que son los afiliadas/os afiliados que finalizan en /92 o /95).
- Un trámite para el total de afiliadas/os colectivos en una factura con misma prestación.
Documentación a presentar (en este orden):
- Carátula del trámite con nombre del Centro, CUIT, teléfono/mail de contacto, mes de facturación, ente, tipo de afiliación (Obligatorios, Voluntarios o Colectivos), cantidad de facturas, sus respectivos números y montos, número de facturas, total facturado.
- Factura original:
– Debe estar dirigida a IOMA con número de CUIT 30-62824952-7
– IVA Sujeto Exento
– No tener el CAE vencido
– Se debe presentar una única prestación mensual por mes calendario (periodo desde… hasta…)
– La fecha debe ser a mes vencido (por ejemplo, si se factura el mes de enero 2022, la fecha de factura deberá ser febrero 2022)
– El monto total no puede estar ni corregido ni enmendado ni tachado.
– En el detalle debe constar cantidad de afiliados, prestación, mes que se factura y Resolución por la cual se hace el cálculo del monto facturado. - Planilla de Resumen mensual en original firmada y sellada por la/el prestadora/or: contendrá el listado de todas las personas afiliadas con cada número de afiliado, nombre y apellido, prestación, valor.
- Acta / Autorización vigente de cada uno de las personas afiliadas presentadas a facturar.
– En todas las facturaciones deben estar todas las prórrogas, actas o autorizaciones vigentes de cada concurrente.
– Las actas deben estar actualizadas (vigencia de la facturación correspondiente) presentado el original en el primer mes de facturación, o copia a partir del segundo mes facturado o subsiguiente. - Historia clínica/resumen donde se pueden constatar las prestaciones brindadas. Complementar con la Planilla de Asistencia con:
– Día y horario de la sesión durante el mes prestacional a facturar.
– Firma de la/el profesional.
– Firma de la/el afiliada/o o madre/padre/tutor. - Certificaciones afiliatorias actualizadas (se pueden consultar acá)
- Constancia de opción de AFIP / inscripción vigente.
¿Cómo calcular cuánto deben facturar?
Chequear por cada afiliada/o presentado la cantidad de módulos autorizados de acuerdo al mes que corresponda y la cantidad de prestaciones brindadas. Tener en cuenta los valores consignados más abajo.
Tabla de valores de la prestación >>
Resolución 3727/2024 >>
Resolución 2678/2024 >>
Si tenés dudas podés consultar todas las Resoluciones acá:
Para facturar cualquier DIFERENCIA/AJUSTE con respecto a una facturación abonada previamente, realizar la presentación de la siguiente manera:
- Carátula del trámite tal cual fue descrita anteriormente, especificando que es la DIFERENCIA/AJUSTE con el MES PRESTACIONAL original
- Factura y en el detalle aclarar:
– Que es DIFERENCIA y especificar el período correspondiente al cual van a facturar la diferencia.
– Colocar el número de resolución vigente por la cual se permite facturar la DIFERENCIA.
– Mencionar el número de facturas a la que se hace referencia. - Las copias de las facturas oportunamente presentadas y abonadas de la cuales se está haciendo referencia.
- Constancia inscripción de AFIP vigente.
- Comprobante de CAE.
- Planilla de resumen mensual (firmada y sellada por el prestador), del periodo que se quiere facturar la diferencia.
- Acta / autorización vigente presentada de cada mes de la cual se está haciendo de referencia.
Dudas frecuentes
- Pueden presentar la factura del mes prestacional con valores de la nueva Resolución a partir del momento de comunicación de la misma.
– ENTONCES: si durante JUNIO se comunican los nuevos valores, el mes prestacional JUNIO podrá ser presentado en JULIO a nuevo valor. - EJEMPLO: si la Resolución comunicada en JUNIO muestra que hubo cambios de valores a partir de MARZO, se pueden presentar los ajustes mencionados para MARZO, ABRIL Y MAYO, por separado cada mes prestacional.
- Las facturas para dichos meses deberán haber sido presentadas en las Delegaciones.
- Si aún no presentaron las facturas podrán hacerlo a nuevo valor directamente.
- El cobro de la DIFERENCIA/AJUSTE es sobre el monto liquidado previamente; es decir, si hubo débitos aplicados sobre las facturas presentadas; el ajuste es calculado sobre el monto facturado menos los débitos aplicados.