Nutrición domiciliaria

Información para facturación de las prestaciones

Todo prestador debe presentar la documentación en la Delegación correspondiente a la localidad del prestador.

Recordar que es un trámite por cada tipo afiliatorio:

  • Un trámite para el total de afiliadas/os obligatorios en una factura con misma prestación.
  • Un trámite para el total de afiliadas/os voluntarios en una factura con misma prestación (recordar que son los afiliadas/os afiliados que finalizan en /92 o /95).
  • Un trámite para el total de afiliadas/os colectivos en una factura con misma prestación.

Documentación a presentar (en este orden):

  1. Carátula del trámite con nombre del Centro, CUIT, teléfono/mail de contacto, mes de facturación, ente, tipo de afiliación (Obligatorios, Voluntarios o Colectivos), cantidad de facturas, sus respectivos números y montos, número de facturas, total facturado.
  2. Factura original:
    – Debe estar dirigida a IOMA con número de CUIT 30-62824952-7
    – IVA Sujeto Exento
    – No tener el CAE vencido
    – Se debe presentar una única prestación mensual por mes calendario (periodo desde… hasta…)
    – La fecha debe ser a mes vencido (por ejemplo, si se factura el mes de enero 2022, la fecha de factura deberá ser febrero 2022)
    – El monto total no puede estar ni corregido ni enmendado ni tachado.
    – En el detalle debe constar cantidad de afiliados, prestación, mes que se factura y Resolución por la cual se hace el cálculo del monto facturado.
  3. Planilla de Resumen mensual en original firmada y sellada por la/el prestadora/or: contendrá el listado de todas las personas afiliadas con cada número de afiliado, nombre y apellido, prestación, valor.
  4. Acta / Autorización vigente de cada uno de las personas afiliadas presentadas a facturar.
    – En todas las facturaciones deben estar todas las prórrogas, actas o autorizaciones vigentes de cada concurrente.
    – Las actas deben estar actualizadas (vigencia de la facturación correspondiente) presentado el original en el primer mes de facturación, o copia a partir del segundo mes facturado o subsiguiente.
  5. Historia clínica/resumen donde se pueden constatar las prestaciones brindadas. Complementar con la Planilla de Asistencia con:
    – Día y horario de la sesión durante el mes prestacional a facturar.
    – Firma de la/el profesional.
    – Firma de la/el afiliada/o o madre/padre/tutor.
  6. Certificaciones afiliatorias actualizadas (se pueden consultar acá)
  7. Constancia de opción de AFIP / inscripción vigente.

¿Cómo calcular cuánto deben facturar? 

Chequear por cada afiliada/o presentado la cantidad de módulos autorizados de acuerdo al mes que corresponda y la cantidad de prestaciones brindadas. Tener en cuenta los valores consignados más abajo.

Tabla de valores de la prestación >>

Resolución 3727/2024 >>
Resolución 2678/2024 >>
Si tenés dudas podés consultar todas las Resoluciones acá:

 

Para facturar cualquier  DIFERENCIA/AJUSTE con respecto a una facturación abonada previamente, realizar la presentación de la siguiente manera:

  1. Carátula del trámite tal cual fue descrita anteriormente, especificando que es la DIFERENCIA/AJUSTE con el MES PRESTACIONAL original
  2. Factura y en el detalle aclarar:
    – Que es DIFERENCIA y especificar el período correspondiente al cual van a facturar la diferencia.
    – Colocar el número de resolución vigente por la cual se permite facturar la DIFERENCIA.
    – Mencionar el número de facturas a la que se hace referencia.
  3. Las copias de las facturas oportunamente presentadas y abonadas de la cuales se está haciendo referencia.
  4. Constancia inscripción de AFIP vigente.
  5. Comprobante de CAE.
  6. Planilla de resumen mensual (firmada y sellada por el prestador), del periodo que se quiere facturar la diferencia.
  7. Acta / autorización vigente presentada de cada mes de la cual se está haciendo de referencia.

  Dudas frecuentes

  • Pueden presentar la factura del mes prestacional con valores de la nueva Resolución a partir del momento de comunicación de la misma.
    – ENTONCES: si durante JUNIO se comunican los nuevos valores, el mes prestacional JUNIO podrá ser presentado en JULIO a nuevo valor.
  • EJEMPLO: si la Resolución comunicada en JUNIO muestra que hubo cambios de valores a partir de MARZO, se pueden presentar los ajustes mencionados para MARZO, ABRIL Y MAYO, por separado cada mes prestacional.
  • Las facturas para dichos meses deberán haber sido presentadas en las Delegaciones.
  • Si aún no presentaron las facturas podrán hacerlo a nuevo valor directamente.
  • El cobro de la DIFERENCIA/AJUSTE es sobre el monto liquidado previamente; es decir, si hubo débitos aplicados sobre las facturas presentadas; el ajuste es calculado sobre el monto facturado menos los débitos aplicados.