¿Cómo calcular el monto a facturar?
Chequear por cada persona afiliada presentada la cantidad de módulos autorizados de acuerdo al mes que corresponda y la cantidad de prestaciones brindadas. Tener en cuenta los valores consignados más abajo.
Montos de valores de la Prestación >>
Aumento 2024:
Resolución 3905/2024 >>
Resolución 2666/2024 >>
Resolución 2277/2024 >>
Si tenés dudas podés consultar las últimas Resoluciones acá
Para facturar cualquier DIFERENCIA/AJUSTE con respecto a una facturación abonada previamente, realizar la presentación de la siguiente manera:
- Carátula del trámite tal cual fue descrita anteriormente, especificando que es la DIFERENCIA/AJUSTE con el MES PRESTACIONAL original.
- Factura y en el detalle aclarar:
- Que es DIFERENCIA y especificar el período correspondiente al cual van a facturar la diferencia.
- Colocar el número de Resolución vigente por la cual se permite facturar la DIFERENCIA.
- Mencionar el número de facturas a la que se hace referencia.
- Las copias de las facturas oportunamente presentadas y abonadas de la cuales se está haciendo referencia.
- Planilla de resumen mensual (firmada y sellada por la/el prestadora/or), del periodo que se quiere facturar la diferencia.
- Acta / autorización / prórroga vigente presentada de cada mes de la cual se está haciendo de referencia.
- Constancia de inscripción de AFIP/Inscripción vigente.
- Comprobante de CAE.
Dudas frecuentes
● Pueden presentar la factura de la nueva Resolución a partir de OCTUBRE 2023 en cualquier Delegación.
● La presentación de los ajustes se hace por cada mes por separado.
● Las facturas para dichos meses deberán haber sido presentadas en las Delegaciones al valor de la Resolución previa.
● Si aún no presentaron la factura podrán hacerlo a nuevo valor directamente.
● El cobro de la DIFERENCIA/AJUSTE es sobre el monto liquidado previamente; es decir, si hubo débitos aplicados sobre las facturas presentadas; el ajuste es calculado sobre el monto facturado menos los débitos aplicados.
● No olvidar que el período prestacional SEPTIEMBRE 2023 deberá ser facturado acorde a los nuevos valores.
Información para facturación de las prestaciones
Todo prestador debe presentar la documentación en la Delegación correspondiente a la localidad.
Recordar que es un trámite por cada tipo Afiliatorio:
- Un trámite para el total de afiliadas/os obligatorias/os en una factura con misma prestación.
- Un trámite para el total de afiliadas/os voluntarias/os en una factura con misma prestación (recordar que son las/os afiliadas/os que finalizan en /92 o /95).
- Un trámite para el total de afiliadas/os colectivas/os en una factura con misma prestación.
Documentación a presentar (en este orden):
- Carátula del trámite con nombre del Centro, CUIT, teléfono/mail de contacto, mes de facturación, ente, tipo de afiliación (Obligatorias/os, Voluntarias/os o Colectivas/os), cantidad de facturas, sus respectivos números y montos, número de facturas, total facturado.
- Factura original:
- Debe estar dirigida a IOMA con número de CUIT 30-62824952-7.
- IVA Sujeto Exento.
- No tener el CAE vencido.
- Se debe presentar una única prestación mensual por mes calendario (periodo desde… hasta…).
- La fecha debe ser a mes vencido (por ejemplo, si se factura el mes de abril 2023, la fecha de factura deberá ser mayo 2023).
- El monto total no puede estar ni corregido, ni enmendado, ni tachado.
- En el detalle debe constar cantidad de afiliadas/os, prestación, mes que se factura y Resolución por la cual se hace el cálculo del monto facturado.
- Planilla de Resumen mensual en original firmada y sellada por la/el prestadora/or: contendrá el listado de todas/os las/os afiliadas/os con cada número de afiliada/o, nombre y apellido, prestación, valor.
- Acta / Autorización / Prórroga vigente de cada una de las personas afiliadas presentadas a facturar.
- En todas las facturaciones deben estar todas las prórrogas, actas o autorizaciones vigentes de cada concurrente.
- Las actas deben estar actualizadas (vigencia de la facturación correspondiente) presentado el original en el primer mes de facturación, o copia a partir del segundo mes facturado o subsiguiente.
- Las prórrogas deben ser del año a facturar.
- Completar con la Planilla de Asistencia Diaria en el caso de facturar prestaciones ambulatorias.
- Con día, horario de entrada y salida.
- Firma de la/el profesional.
- Firma de la/el afiliada/o o madre/padre/tutora/or.
- Certificaciones afiliatorias actualizadas (pueden consultar acá)
- Constancia de opción de AFIP / inscripción vigente.