Como Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de la República Argentina (COSSPRA) trabajamos arduamente y de manera articulada para evitar la contratación de prestadores que desarrollen conductas monopólicas o de carácter desleal.
Lo hacemos en consonancia con el artículo 1, de la ley 27.442 y destacamos el pasaje que señala: “…Están prohibidos los acuerdos entre” competidores, las concentraciones económicas, los actos o conductas, de cualquier forma, manifestados, relacionados con la producción e intercambio de bienes o servicios, que tengan por objeto o efecto limitar, restringir, falsear o distorsionar la competencia o el acceso al mercado o que constituyan abuso de una posición dominante en un mercado, de modo que pueda resultar perjuicio para el interés económico general…”
Consecuentemente, para prevenir acciones monopólicas y promover políticas de gestión en salud que fortalezcan la aplicación de los principios establecidos en la Ley de Defensa de la Competencia, crearemos una Mesa de Defensa de la Competencia. Sus objetivos consistirán en conocer, analizar y evaluar condiciones de mercado relativas a la prestación de servicios médicos contratados por los organismos y financiadores públicos; estudiar y definir acciones tendientes a hacer cumplir las normas relativas a la defensa de la competencia y antimonopolio; y proponer acciones o medidas articuladas entre los diferentes organismos y financiadores que permitan evitar conductas desleales, distorsiones y/o asimetrías que pudieran identificarse, orientadas a optimizar la toma de decisiones en la gestión de los recursos disponibles.
En miras de cumplir con los fines descriptos, la Mesa de Defensa de la Competencia de COSSPRA estará integrada por miembros del Consejo, quienes realizarán diversas funciones como (i) recolectar, sistematizar y analizar datos a los fines de valorar la existencia de prestadores de salud de carácter monopólico; (ii) estudiar el rol de los actores económicos del mercado de prestación de servicios de salud, sus injerencias positivas y negativas, sus capacidades para la fijación de los precios de las prestaciones médicas, de los insumos médicos y medicamentos a fin de elaborar indicadores que permitan visualizar el impacto en el financiamiento de los agentes del seguro de salud; (iii) diseñar e integrar un sistema de organización y análisis de la información; (iv) crear una matriz de indicadores con el objetivo de sistematizar y organizar la información recibida; (vi) emitir periódicamente informes técnicos sobre la base de información confiable y oportuna para orientar en una mejor toma de decisiones en la administración de los recursos disponibles para el financiamiento de las prestaciones de salud.
Desde COSSPRA continuaremos implementando día a día nuevas políticas para prevenir acciones monopólicas y conductas desleales, por ello tenemos como objetivo inmediato trabajar con la Superintendencia de Salud y el PAMI en el intercambio de datos a los efectos de proteger la Ley de Defensa del Consumidor.
Fuente: Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de la República Argentina (COSSPRA)