Facturación Centros de Rehabilitación

Información para facturación de las prestaciones

Todo prestador deberá presentar la documentación en cada Delegación correspondiente a la localidad.

Recordar que es 1 trámite por cada tipo afiliatorio: 

  • Un trámite para el total de afiliados obligatorios en una factura con misma prestación.
  • Un trámite para el total de afiliados voluntarios en una factura con misma prestación.
  • Un trámite para el total de afiliados colectivos en una factura con misma prestación.

Documentación a presentar (en este orden):

  1. Carátula del trámite con nombre del Centro, CUIT, teléfono/mail de contacto, mes de facturación, ente, tipo de afiliados (Afiliados Obligatorios, Voluntarios o Colectivos), cantidad de facturas, sus respectivos números y montos, número de facturas, total facturado.
  2. Factura original con firma y sellada del prestador (en caso de no poseer sello se aclara debajo de la firma):
    1. Debe estar dirigida a IOMA con número de CUIT 30-62824952-7.
    2. IVA Sujeto Exento.
    3. No tener el CAE vencido.
    4. Se debe presentar una única prestación mensual por mes calendario (periodo desde… hasta…).
    5. La fecha debe ser a mes vencido (Por ejemplo, si se factura el mes de abril 2021, la fecha de factura deberá ser mayo 2021).
    6. El monto total no puede estar ni corregido ni enmendado ni tachado.
    7. Debe tener firma y sello.
    8. En el detalle debe constar cantidad de afiliados, prestación, mes que se factura y Resolución por la cual se hace el cálculo del monto facturado.
  3. Planilla de Resumen mensual en original firmada y sellada por la/el prestador: listado de todos los afiliados donde conste de número de afiliado, nombre y apellido, prestación, valor.
  4. Acta / Autorización / Prórroga vigente de cada uno de los afiliados presentados a facturar. 
    1. En todas las facturaciones deben estar todas las prórrogas, actas o autorizaciones vigentes de cada concurrente.
    2. Las actas deben estar actualizadas (vigencia de la facturación correspondiente) presentado el original en el primer mes de facturación, o copia a partir del segundo mes facturado o subsiguiente. 
    3. Las prórrogas deben ser del año a facturar.
  5. Planilla de Asistencia Diaria (Planilla 3 ) 
    1. Con día, horario de entrada y salida.
    2. Firma de la/el profesional.
    3. Firma de la/el afiliada/o o madre/padre/tutor.
  6. Certificaciones afiliatorias actualizadas (pueden consultar acá)
  7. Constancia de opción de AFIP / inscripción vigente

¿Cómo calcular cuánto debo facturar? 

Chequear por cada afiliado presentado la cantidad de módulos autorizados de acuerdo al mes que corresponda y la cantidad de prestaciones brindadas. Tener en cuenta los valores consignados más abajo.

Resolución 401/2021 >>
Resolución 2404/2020 >>

Para facturar el Retroactivo de la Resolución N° 401/2021 seguir este siguiente procedimiento >>

Para facturar cualquier  DIFERENCIA con respecto a una facturación abonada previamente, realizar la presentación de la siguiente manera:

  1. Carátula del trámite tal cual fue descrita anteriormente, especificando que es la DIFERENCIA con el MES PRESTACIONAL original
  2. Factura y en el detalle aclarar:
    1. Que es DIFERENCIA y especificar el período correspondiente al cual van a facturar la diferencia
    2. Colocar el número de resolución vigente por la cual se permite facturar la DIFERENCIA
    3. Mencionar el número de facturas a la que se hace referencia 
  3. Las copias de la facturas oportunamente presentadas y abonadas de la cuales se está haciendo referencia
  4. Planilla de resumen mensual (firmada y sellada por el prestador), del periodo que se quiere facturar la diferencia.
  5. Acta / autorización / prórroga vigente presentada de cada mes de la cual se está haciendo de referencia
  6. Constancia de inscripción de AFIP/Inscripción vigente
  7. Comprobante de CAE.

Recordar que IOMA abonará como DIFERENCIA de la presentación de facturación previa, al monto presentado en su debido momento, menos los débitos aplicados sobre las facturas presentadas. La diferencia es calculada sobre el monto facturado menos los débitos aplicados.