Cobertura 100 %, vía autorización.
Dirigida a las parejas con diagnóstico de Infertilidad o a la mujer sola, con el objetivo principal de brindar la cobertura necesaria que permita la concepción de un hijo biológico.
Se brinda cobertura a todas las personas mayores de edad. Quienes cuenten con Afiliación Voluntaria deben tener dos años de afiliación a IOMA.
Cuáles son los pasos a seguir
- Concurrí al Centro de Fertilización con la historia clínica y el resultado de los estudios básicos de infertilidad indicados por tu ginecóloga/o.
- El prestador te extenderá la indicación de Fertilización Asistida que considere necesario.
- Con éstos dirigite a la Delegación de IOMA para iniciar el trámite.
- Documentación necesaria para la Fertilización Asistida >>
- Para Fertilización Asistida por Ovodonación >>
- Para Fertilización Asistida para mujer sola >>
- Para Fertilización Asistida con donación de semen >>
- Documentación necesaria para TESE >>
- Documentación necesaria para Columnas de Anexina >>
- Documentación necesaria para Test de Túnel >>
Aclaraciones importantes
- En el caso de las parejas donde solo un integrante de la misma tiene afiliación a IOMA, se cubren las prácticas diagnósticas y terapéuticas de Fertilización Asistida solo a la persona afiliada a esta Obra Social.
- Quienes cuenten con afiliación voluntaria, pueden acceder a esta cobertura a partir de los 2 (dos) años de su ingreso a la Obra Social.
- Dado que la Infertilidad Humana es considerada por la OMS y por la Provincia de Buenos Aires como una enfermedad, reconocemos la misma como preexistencia y no incorporamos en afiliación voluntaria a pacientes que al momento de solicitar la afiliación, presenten dicho diagnóstico.
- La cobertura en Fertilización Asistida exige la evaluación previa y su autorización por parte de la auditoría médica especializada de IOMA.
- Las prácticas que no se encuentren contempladas por convenio, deberán solicitarse por reintegro, cuya aprobación quedará a consideración del Directorio.
- No se efectúan reintegros ni reconocimiento alguno por tratamientos realizados en establecimientos o consultorios fuera de nuestros prestadores.
Condiciones especiales en las que NO se otorga cobertura de Fertilización Asistida
- Enfermedad crónica de la mujer que pueda agravarse con el embarazo.
- Enfermedad de transmisión vertical en etapa aguda o activa de alguno de los integrantes de la pareja.
- Transferencia embrionaria. No se reconocerá como única práctica. Se considera como parte del procedimiento de FIV.
- Criopreservación de embriones.
- Utilización de útero de otra persona.
- Cobertura de PGD (Diagnóstico Genético Preimplantatorio). Se autorizará sólo en el caso de enfermedad de alteración genética.
- Selección embrionaria.
- Las personas afiliadas que tengan autorizadas prácticas de Fertilización Asistida con anterioridad y hayan completado los topes prestacionales contemplados por la presente normativa, no obtienen cobertura.
- No se reconocerá ningún tratamiento por la vía de reintegro. La cobertura exige la evaluación previa y su autorización por parte de la Auditoría médica.
- No se autorizarán tratamientos realizados fuera de los establecimientos acreditados.
Prestadores adheridos para realizar Fertilización Asistida
Consultas: (0221) 424-4190